La Oficina de Gestión tributaria de Sabadell, en procedimiento de comprobación limitada, comprobó la actividad de un médico –cliente del Despacho- que declaraba sus rendimientos por dicha actividad en régimen de estimación directa simplificada. A pesar de que el Despacho aportó pruebas de que dichos gastos eran necesarios para la obtención de ingresos ya que el médico prestaba servicios profesionales en toda la provincia de Barcelona, y parte de Girona, la AEAT de Sabadell procedió a liquidar deuda por los años 2008 a 2012 ambos inclusive, eliminando toda una suerte de gastos: unos por estar justificados con tickets, otros por considerarlos no afectos a la actividad: vehículo, seguros, teléfono móvil, parkings, autopistas, etc. Asimismo, procedió a sancionar al profesional, por la falta de ingreso de la cuota liquidada por la Oficina de Gestión Tributaria.